Ley Orgánica del Instituto
Nicaragüense de Estudios Territoriales
(INETER) (La Gaceta - Diario Oficial, 28-07-99, p3342)
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Capítulo II Attribuciones
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Arto. 8 Atribuciones en el ámbito de Geofísica:
1.) Mantiene, moderniza y opera las redes de estaciones sísmicas, acelerográficas, geofísicas y de vigilancia volcánica, para asegurar la generación y acopio de datos básicos, su correspondiente organización sistemática y su aplicación en sistemas de alerta temprana ante la incidencia de fenómenos geológicos peligrosos.
2.) Realiza investigaciones de carácter científico y estudios para caracterizar los fenomenos geológicos peligrosos en apoyo a planes que permitan su prevención y mitigacion por parte de la Defensa Civil y el Comité Nacional de Emergencia.
3.) Emite Avales o Dictámenes técnicos en la microlocalizacion de asentamientos humanos, inversiones económicas y el ordenamiento territorial.
4.) Realiza la vigilancia sísmica, volcánica, geológica y elabora y difunde notas informativas, avisos y alertas de manera oficial para informar sobre el comportamiento que tengan los fenómenos geológicos sísmicos y volcánicos peligrosos.